modelo prevención de delitos , ley 20.393

Ponce de León y Compañía ofrece la elaboración y actualización  del Modelo de Prevención del Delito su Empresa

EQUIPO ESPECIALIZADO EN COMPLIANCE 

 

Para esto contamos con un equipo multidisciplinario conformado por Auditores, Ingenieros y Abogados especialistas en las diferentes ramas del derecho, que se encargan de hacer el levantamiento de información, la detección de las áreas riesgosas, elaboración del modelo de prevención, colaboración en la implementación de éste y apoyo constante durante todo el proceso de acreditación para así obtener la certificación por la autoridad correspondiente.

Cabe mencionar que nuestro estudio a diferencia de otros existentes en el mercado que ofrecen un modelo estandarizado para todas la empresas, nos caracterizamos por realizar modelos de Prevención de Delitos específicos para cada empresa, considerando el giro y las necesidades propias de cada una.

Además de elaborar una política de prevención, ejecutamos en paralelo la fase de implementación y certificación ante la entidad acreditadora de su modelo de prevención.

ASPECTOS RELEVANTES LEY 20.393

 

El imperativo legal surgió frente a la necesidad País de dar cumplimiento a compromisos adquiridos en el ámbito internacional, con motivo del ingreso de Chile a la OCDE, estableciendo como requisitos para formar parte de ésta, que nuestro país alcance un estándar ideal de anti corrupción y transparencia.

Las ventajas de implementar en las empresas un modelo de prevención del delito son además de dar cumplimiento a un precepto legal, alcanzar un estándar internacional que permita proyectar una imagen de confiabilidad, ya que garantiza que su empresa sea transparente y menos riesgosa a ojos de inversionistas y clientes, además de evitar la comisión de los delitos contemplados en la ley 20.393.

 

compliance modelo de prevencion de delitos

La existencia de un hecho punible cometido por alguna de las personas que realicen actividades de administración de dicha persona jurídica o por una persona natural que esté bajo la dirección o supervisión de alguno de estos sujetos.

Comisión del delito en interés o para el provecho de la persona jurídica.

Incumplimiento, por parte de la persona jurídica, con su deber de dirección y supervisión, y que ello haya sido lo que hizo posible la comisión del delito.

a)Disolución de la persona Jurídica o cancelación de la misma.

b)Prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con organismos del Estado.

c)Pérdida parcial o total de los beneficios fiscales, o prohibición absoluta de recepción de los mismo por un tiempo determinado.

d)Multa a beneficio fiscal. Éste puede ir desde las 200 a 20.000 UTM (Aproximadamente desde 8.991.000 pesos a 899.100.000 pesos).

 

Existe un único mecanismo establecido en la ley para eximir de Responsabilidad Penal a las Personas Jurídicas y es a través de un Modelo de Prevención de Delito, el cual consiste en un plan que implementa la empresa y que tiene por objeto evitar que estos delitos se cometan en su interior y en el evento de que se llegaran a cometer, poder pesquisarlos en el menor tiempo posible y darles solución, evitando así ser objeto de una investigación, proceso y posterior aplicación de sanciones penales.

No dude en contactarnos, somo lideres en Políticas de Prevención de Delitos y Compliance a nivel nacional e internacional.

Enlace Ley 20.393